HONDURAS

Envían a prisión a sujeto por delitos de pornografía infantil

En audiencia de declaración de imputado la Unidad Contra la Trata, Explotación Sexual Comercial y Tráfico de Personas (UTESCTP), logró que se dictara la detención judicial a Mario Amílcar Arriaga Martínez, acusado por el delito de posesión de pornografía infantil para consumo propio agravado. Se programó la audiencia inicial para el miércoles 20 de agosto de 2025.

Al momento de la captura, al sospechoso se le decomisó aparatos electrónicos que serán analizados para verificar si contienen material de abuso sexual infantil, mismo que servirá de evidencia en las próximas audiencias.Según investigaciones de la Unidad Contra la Trata Explotación Sexual Comercial y Tráfico de Personas (UTESCTP), en el caso “Pretoria” al individuo se le supone ser parte de una estructura criminal transcontinental que produce y distribuye material de abuso con contenido sexual infantil, por medio de la red social VIBER.

La investigación inició en la ciudad de Pretoria, Sudáfrica, donde los servicios policiales de ese país detectaron que en esa plataforma de VIBER, había varios grupos de chat que compartían material pornográfico de niños y niñas y que dentro de esos grupos se pudieron detectar varios números de teléfonos de la región de Centroamérica.

El delito de pornografía infantil en Honduras está tipificado en el Código Penal y es considerado un delito grave debido a su impacto en la protección de los derechos de los menores.

El delito de pornografía infantil incluye la producción, distribución, posesión, difusión, o utilización de material que involucre a menores de edad (menores de 18 años) en actividades sexuales explícitas, ya sean reales o simuladas. Según el Código Penal de Honduras (Decreto No. 144-83, reformado en años posteriores), este delito abarca:

  • Elaboración y utilización de pornografía infantil, que puede incluir la posesión para consumo propio o con fines de distribución.
  • Trata de personas y explotación sexual, ya que la pornografía infantil a menudo está vinculada a redes de explotación.

El artículo 149-A del Código Penal establece penas para quienes elaboren, distribuyan o posean material pornográfico infantil.

Carlos García

Editor

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