El presidente del Congreso Nacional de Honduras, Luis Redondo, respondió por sus redes sociales a todos sus críticos, esto por intentar irse a la «consulta popular» para aprobar la Ley de Justicia Tributaria.
A través de X (antes Twitter) el mandatario del hemiciclo legislativo argumentó que «no existe ningún artículo en la Constitución, ni en ninguna ley, que prohíba, obstaculice, restrinja o disminuya el consultarle al pueblo hondureño sobre cualquier tema, ya que la soberanía o el poder máximo de la nación reside en el pueblo hondureño».
«El derecho del pueblo a decidir su propio destino en cualquier materia está por encima de los poderes constituidos, o de los tres poderes del Estado», escribió.
Redondo advirtió que «ningún político, ningún partido político y ningún grupo empresarial va a poder prohibir ejercer el poder al pueblo hondureño».
Acerca del tema, el presidente del Congreso Nacional concluyó escribiendo que «ya basta de abusos, que van desde corrupción, evasión fiscal hasta lavar activos de la corrupción, narcotráfico y terrorismo, debemos evitar que Honduras sea incluida en la lista gris que traería serias consecuencias a la nación.»
La problemática viene desde las declaraciones que dio Luis Redondo ante medios de comunicación, donde alegó que las bancadas de los otros partidos, principalmente del Partido Nacional no estaba apoyando para aprobar la Ley de Justicia Tributaria.
Ante esto, Redondo anunció que se iría por la consulta al pueblo para que se apruebe dicha ley.
«Si los congresistas acá no quieren aprobar la Ley de Justicia Tributaria, vamos a preguntarles a ustedes (refiriéndose a los hondureños) y van a ser ustedes los que nos van a decir en las elecciones generales si están de acuerdo con la Ley de Justicia Tributaria», expresó.
En ese sentido, la forma de consulta sería un plebiscito, pues el articulo 2 del decreto legislativo 135-2009 establece que es a través del plebiscito por el cual los ciudadanos pueden pronunciarse “afirmativa o negativamente sobre aspectos constitucionales, legislativos o administrativos, sobre los cuales los poderes constituidos no han tomado ninguna decisión previa y cuando sean considerados asuntos de importancia fundamental en la vida nacional”.
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