La Dirección General de Medicina Forense (DGMF) y la Escuela de Formación del Ministerio Público “Orlan Chávez”, capacitaron al personal técnico de los laboratorios criminalísticos, de patología, clínica y de evaluación mental, sobre “Peritaje Forense en el Juicio Oral y Público” basándose en el interrogatorio, aspectos legales que competen en su actuación y las sanciones desde el punto de vista administrativo.
Las capacitaciones estuvieron a cargo de las abogadas Karla Andino, de la Escuela de Formación y la secretaria adjunta de la DGMF, Irina Helena Pineda Aguilar.
La abogada Andino, explicó a los asistentes desde la etapa preparatoria hasta la finalización del juicio oral y público, recordando que es el perito forense quien cuenta con los conocimientos requeridos sobre la materia científica o técnica, ya que son los encargados de la pericia y ratificar los dictámenes ante los Tribunales competentes.
“La procedencia del dictamen se oirá siempre que alguna de las partes lo pida y se trate sobre puntos de hechos para cuya apreciación se necesiten conocimientos especiales, no jurídicos, de naturaleza técnica, científica o artística, y sobre puntos de derecho referentes a alguna legislación extranjera según lo establece el artículo 239 del Código Procesal Penal (CPP)”.
Además, explicó que personas no pueden actuar como peritos según el artículo 241 del CPP, y cuál es la designación del perito según el artículo 242 del CPP, y recordó en qué momento se debe recusar a un perito según el artículo 243 CPP, y cuando el fiscal podrá ordenar pericias durante la investigación preliminar, la importancia del dictamen pericial según lo establecido en el artículo 245 del CPP, entre otros temas que expuso.
En lo que respecta a la participación de la abogada Pineda Aguilar, abordó sobre los derechos, obligaciones y responsabilidades administrativas de los peritos conforme a la normativa interna de la institución.
Igualmente, les dio a conocer sobre las sanciones administrativas estipuladas en el Estatuto de la Carrera del Ministerio Público, su reglamento y demás instrumentos jurídicos que rigen a la institución y su gestión; también conocieron que por mandato legal corresponde a la DGMF practicar las autopsias de conformidad con la Ley, entre otras funciones.
Recordó que es la DGMF la que debe llevar a cabo los exámenes físicos, clínicos, fisiológicos, psiquiátricos, psicológicos o de otra naturaleza, dentro del campo médico legal y que requiera el despacho del fiscal general de la República o cualquiera de las otras direcciones, departamentos o dependencias del MP y los órganos judiciales.
Al mismo tiempo, orientó a los asistentes sobre los mecanismos que se siguen internamente y las formas en que se debe dar respuesta a los usuarios de nuestros servicios en respeto irrestricto de la Ley y siguiendo los principios éticos en el servicio que se presta.
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